Certificación de Software


La versión 2011 de nuestro software está certificada por la AT, de acuerdo con la Ordenanza n.º 363/2010, de 23 de junio.

¿Qué es la certificación?

Desde el 1 de enero de 2011, la Certificación del Software es obligatoria.

Esta medida de la Direcção General de los Impuestos establece un conjunto de requisitos, que visan agregar mecanismos de control y auditoría integrados en los softwares utilizados por los contribuyentes. Esta medida tiene como finalidad facilitar el cruzamiento de datos e impedir los fraudes fiscales, garantiendo la inviolabilidad de la información inicialmente registrada.

Todas las compañías son obligadas a utiizar un Software Certificado?

No. Están excluidas de esta obligatoriedad las compañías que se encuentren en las siguientes situaciones:

  • Utilicen software produzido internamente, del cual sean titulares de los derechos de autor;
  • Tengan operaciones exclusivamente con clientes que ejerzan actividades de producción, comercio o prestación de servicios, incluyendo los de naturaleza profesional;
  • Tuvieron, en el período de tributación anterior, un volumen de negocios más bajo que €150,000;
  • Tengan emitido, en el período de tributación anterior, un número de facturas, documentos equivalentes o talones de venta más bajos que 1000 unidades.

 

  • Desde el 1 de enero de 2011, para las compañías que tuvieron en 2010 un volumen de negocios superior a 250 miles euros y que de forma acumulativa emitieron más de 1000 documentos;
  • Desde el 1 de enero de 2012, para las compañías que tuvieron en 2010 un volumen de negocios superior a 150 miles euros y que de forma acumulativa emitieron más de 1000 documentos;

 

La certificación de los programas de facturación depende de la verificación cumulativa de los siguientes requisitos:

  • Tener la posibilidad de exportar el fichero a que se refiere la Ordenanza n.º 321-A/2007, de 26 de marzo (SAF-T PT);
  • Poseer un sistema que permita identificar la gravación del registro de las facturas o documentos equivalentes y talones de venta, a través de un algoritmo de cifra asimétrica y de una clave privada de conocimiento exclusivo del productor del programa;
  • Poseer un control del acceso al sistema informático, obligando a una autenticación de cada utilizador;
  • No disponer de cualquier función que, en el lugar o remotamente, permita alterar, directa o indirectamente, la información de naturaleza fiscal, sin generar evidencia agregada a la información original.

Certificación de nuestro Software

Urbinfor tiene todo su software certificado

Los principales cambios, en el funcionamiento del software, resultantes de las imposiciones legales de la Certificación serán las siguientes:

  • Los documentos que sean facturas, documentos equivalentes o talones de venta deberan ser asinados;
  • En los documentos de venta impresos (facturas, talones de venta y documentos equivalentes) la actual expresión "Documento procesado por computador" será sustituia por la expresión "Procesado por Programa Certificado n.º xxx (n.º certificado atribuido por la AT)" precedida por cuatro caracteres de firma digital del documento en cuestión;
  • No será posible cambiar los datos de un documento firmado digitalmente. Cualquier alteración que sea necesaria efectuar obligará la anulación del documento así como la creación de un nuevo documento con nuevos datos.

Información útil

El Portal de las Finanzas – Certificación del Software

Sitio Web Software Certificado

Lista de Programas Certificados

Se tuviere alguna duda contacte.